EXCLUSIVAS DE FOTOGRAFÍA DE BODA

20 octubre 2014 - Fotografia de boda - Comentarios -

Hoy en mi blog de fotografía de boda quiero hablar de "Las exclusivas en la fotografía de boda" situación que trae de cabeza a estudios de fotografía, parejas, iglesias y restaurantes. Un modelo de negocio que muchos fotógrafos de boda llevan explotando durante años y que es muy frecuente sobre todo en importantes parroquias de la comunidad de Madrid.


Para ilustrarnos un poco más, hoy he querido contar con la abogada María Jesus De La Oliva para que arroje algo de luz a un tema en el que parejas y fotógrafos nos vemos envueltos de forma habitual. ¿Puede una iglesia o restaurante restringir la entrada al fotógrafo que los novios han contratado? ,¿Pueden imponer un servicio de fotografía o exigir "donativos"?, ¿Cómo deben actuar las parejas y profesionales ante éstas situaciones?. Sin más os dejo con el post de nuestra experta:


-Para abordar el asunto desde el punto de vista legal, debemos situarnos correctamente en el entorno jurídico, y hemos de partir de la base de que la iglesia como organización religiosa es una entidad privada, aunque todos en parte contribuyamos a su financiación, contribución que es fruto de los acuerdos que existen en nuestro país entre la Iglesia y el Estado, los acuerdos con la Santa Sede que a día de hoy están vigentes.


Después podemos discernir o debatir entre lo que es moralmente correcto o no, entrando en un terreno altamente controvertido, pero lo cierto es que para resolver las cuestiones que se nos plantean en cuanto al tema de referencia debemos ceñirnos a la legalidad.

Como organización privada la iglesia está sujeta a unas normas legales tributarias y fiscales, por muchos beneficios y "privilegios" que éstas establezcan por ser la Iglesia, y como gestora de bienes patrimoniales también está sujeta a otro tipo de normas que rigen o determinan la explotación de los bienes que administra.


Desde el punto de vista de la organización, la iglesia establece sus propias normas de funcionamiento, dentro de un orden jerárquico. Es decir, la iglesia establece cómo y cuándo se usan sus bienes y cómo y cuándo éstos se ponen a disposición de los demás.


Bien es cierto que dentro de ese orden jerárquico, las diócesis y archidiócesis establecen normas generales a las que deben someterse las parroquias, y que cada una de estas diócesis y archidiócesis puede establecer unos límites diferentes en cuanto al régimen de uso de sus edificios o templos. Fuera del uso principal que es el de la dedicación al culto que deben cumplir los templos como edificios de la iglesia, es la propia iglesia, y dentro de la iglesia su jerarquía la que establece o "dice" cómo se usan los edificios, por lo tanto, cuando en algunas parroquias se prohíbe el uso de los templos para determinados fines suelen ser normas que vienen de arriba aunque también hay párrocos que suelen ser "liberales" en este sentido y se inventan sus propias normas o directamente se saltan las que les imponen.


Con respecto a las bodas y otras ceremonias que solemos celebrar en los templos propiedad de la iglesia, es evidente que es la propia iglesia la que establece las normas, normas a las que en principio debemos ceñirnos nos guste o no, los templos no son lugares públicos como tal, en realidad debemos considerarlos locales que son gestionados por sus propietarios. Eso no significa que como propietarios deban transgredir los límites y actuar a l filo de la legalidad. En ese uso no se debe imponer "nada" que no corresponda por derecho.


En cuanto a si la iglesia puede o no imponernos un precio por el uso de sus instalaciones, tenemos que diferenciar precisamente entre precio y donativo. Nos solemos encontrar ante la paradoja de que nos exijan un donativo por grabar en una iglesia o por celebrar una boda etc, en este sentido no podemos entender como "donativo" algo que se nos impone o exige con todas las características de lo que es pagar un precio por un servicio, alejándonos de la voluntariedad que caracteriza al donativo, en este sentido si la iglesia lo que pretende es exigirnos que paguemos dinero es porque nos está prestando un servicio y nos exige un precio por ese servicio, ya sea el uso de sus instalaciones o la concesión para grabar y/o hacer fotos.


Fotográma del documental


Como tal debe prestarnos ese servicio respetando todas las normas como lo que somos en ese momento, consumidores y usuarios, y en ese sentido podríamos exigir que cumpliera con todos los requisitos que la ley de consumidores y usuarios establece y que prestara esos servicios cumpliendo con todas las normas atendiendo a las peculiaridades de cada uno de los servicios que preste.

En ese sentido el dinero que la iglesia cobra por prestarnos un servicio también debe cumplir con todas las exigencias tributarias y fiscales y como tal estar declarado y rendir cuentas a la agencia tributaria, aunque ahí topemos con los privilegios fiscales que la iglesia tiene. Así podríamos exigir que la iglesia nos entregara factura o recibo del dinero que la entregamos por prestarnos un servicio.


Dicho esto no podemos impedir que la iglesia cobre aunque no debemos tolerar que nos imponga ningún servicio, ni que nos imponga "pagar donativo", el donativo insisto que tiene un carácter voluntario. Podemos decir que si la iglesia nos cobra nos debe cobrar con todas las de la ley.


En cuanto a la cuestión de fondo sobre establecer servicios en exclusiva, como por ejemplo que las iglesias impongan sus fotógrafos y otros servicios, evidentemente está fuera de la legalidad, vuelvo a insistir que la iglesia no puede imponernos nada como usuarios de servicios que nos presta. Al igual que la iglesia puede conceder la explotación de un servicio a una determinada empresa o fotógrafo no puede obligarnos a contratar con su concesionario, aunque sí puede exigirnos un canon o precio por que el fotógrafo que nosotros elegimos haga fotos o grave, ya que en ese caso nos presta un servicio.



Todo esto teniendo en cuenta que la iglesia gestiona su propio patrimonio, pero existe otro supuesto aunque mucho menos frecuente, ya que cada vez la iglesia se atribuye más bienes y edificios como propiedad, este supuesto es que la iglesia esté gestionando templos o edificios que son propiedad del estado, es el caso de algunas catedrales y otros edificios que son bienes patrimoniales, es decir propiedad del Estado. En este tipo de edificios la iglesia debería sujetarse en su gestión a lo que establece la ley de patrimonio que es muy diferente a lo que suele hacer con la gestión de sus edificios. En ese caso la iglesia solo podría cobrar por el uso de estos edificios bajo unas normas muy determinadas y siempre con autorización del Estado o entidad pública propietaria de esos edificios.


Como veis el tema tiene muchas ramificaciones y muchos supuestos, nada es blanco ni negro, pero por resumir podemos decir que no es lícito imponer un donativo a nadie, que mucho menos lícito y legal es presionar o coaccionar a alguien para que pague o acepte unas normas que no son normas como tal, y que todos estos hechos o "vicios" que la iglesia o cualquier otra institución tienen en la prestación de sus servicios o en su forma de actuar deben ser convenientemente denunciados para impedir que cada cual, siga actuando a sus anchas con total impunidad.


Amigos fotógrafos y profesionales, no os dejéis amedrentar, exigid que se cumpla la legalidad, y evitad que cada vez hay más enriquecimientos injustos a la sombra de una institución que ya tiene demasiados privilegios simplemente por haberlos heredado de una época decimonónica y trasnochada que en sociedad actual no debería tener cabida.


Para ilustraros os recomiendo el visionado de un video en el que el periodista Jordi Evole pone de manifiesto la fiscalidad de la iglesia católica y se titula " que Dios te lo pague".


Un saludo.


María Jesus De La Oliva Mancebo.


-Desde el blog de Plasmalia, quiero agradecer a M.Jesús esfuerzo realizado para la redacción de éste magnifico articulo.


Si éste post te ha resultado de ayuda y crees que puedes informar a otros profesionales o parejas, te agradecería enormemente que lo compartieras.


Y tú, ¿Que opinas de las exclusivas de boda?, ¿Son un modelo de negocio respetable, o consideras que es algo injusto?.


Un saludo.

Carlos Zamorano

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